La Nación española, debidamente machacada durante cuarenta años de
dictadura, amedrentada por la incertidumbre y ante el temor de nuevos golpes de
estado, sin derecho a optar por otras fórmulas de organización del sistema
político y no habiendo sido legalizados los partidos leales a su ideario
republicano, ratifica lo siguiente:
Artículo 1. La soberanía
La soberanía reside formalmente en el pueblo español. Una ley electoral
se encargará de alterar el sentido real del sufragio para establecer un modelo
bipartidista.
España se constituye en Monarquía parlamentaria. Los españoles nunca
serán consultados acerca de la forma de Estado ya que su opinión al respecto
resulta irrelevante.
Artículo 2. Organización del territorio
Se reconoce el derecho de los distintos territorios a organizarse en
régimen de autonomía, si bien la Nación
española es indisoluble. Los españoles nunca serán consultados acerca del
modelo territorial ya que su opinión al respecto resulta irrelevante.
Artículo 5. Capitalidad
Las capitales del Estado son la villa de Madrid y las ciudades de
Washington y Berlín.
Artículo 14. Igualdad ante la ley
Todos los españoles son iguales ante la ley, pero unos más que otros:
en el caso de banqueros, defraudadores, políticos corruptos o policías que se hayan
distinguido por su brutalidad, los tribunales podrán aplicar estrategias de
demora y el gobierno podrá ejercer el derecho de indulto.
Artículo 16. Libertad religiosa
Ninguna confesión religiosa tendrá carácter estatal, pero los poderes
públicos financiarán a la Iglesia Católica, la eximirán de impuestos,
favorecerán su presencia en las instituciones, incluirán sus símbolos en los
actos oficiales y promoverán su doctrina mediante la red de centros educativos
públicos.
La Iglesia Católica no está sujeta a la legislación ordinaria relativa
al derecho de asociación, pudiendo, por lo tanto, organizarse en régimen de
gerontocracia teocrática patriarcal.
Artículo 20. Libertad de expresión
Se reconoce el derecho a la libertad de expresión. Los españoles podrán
expresarse libremente en el ascensor, en la cola de la compra o cuando escriban
una postal desde Benidorm.
El gobierno aprobará leyes encaminadas a favorecer la concentración
mediática con el fin de salvaguardar la imagen y los intereses de las grandes
corporaciones.
Las distintas administraciones del Estado impulsarán la creación de
medios de información públicos que cantarán las alabanzas de los mandamases de
turno.
Artículo 21. Derecho de reunión
Se reconoce el derecho de reunión sin autorización previa en caso de
eventos futbolísticos señalados, durante los cuales los cuerpos de seguridad
vigilarán para que los interesados interrumpan el tráfico, alteren la paz
ciudadana y destruyan la fuente correspondiente sin ser molestados.
En el caso de que se trate de una protesta ciudadana, se utilizarán
todos los dispositivos legales y policiales al alcance para disuadir a los
manifestantes mediante denuncias, sanciones o aporreamientos indiscriminados.
Artículo 56. El Rey
La persona del Rey no está sujeta a responsabilidad. Las leyes de Mendel son las únicas aplicables a la Casa
Real.
Artículo 68. De las Cámaras
El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo 400 Diputados
que siempre votarán lo que les indiquen sus jefes.
El Senado es una Cámara de representación territorial que no sirve para
nada.
Artículo 128. Función de la riqueza pública
Toda la riqueza del país está subordinada a los intereses de la banca. Todos los bienes y
servicios públicos pueden ser transferidos a la iniciativa privada para que
negocie con los derechos de los ciudadanos.

El pago de la deuda externa tendrá prioridad absoluta sobre el pago de
las pensiones, salarios o gastos derivados de la prestación de servicios
educativos, sanitarios, etc. u otros que se deriven de las funciones propias de
un Estado avanzado, social y de derecho.
Artículo 167. Reforma de la Constitución
El presente texto constitucional solo podrá ser reformado por decisión
de los mercados. Los españoles nunca serán consultados al respecto ya que su
opinión resulta irrelevante.
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